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Todo sobre las operaciones exentas de IVA

El IVA es uno de los impuestos que más dudas genera entre autónomos y pymes. Saber cuándo una operación está entre las exentas de IVA es importante para poder facturar correctamente y evitar errores.

En este artículo te explicamos qué son las operaciones exentas, cuándo se aplican y cómo influyen en tus impuestos.

¿Qué son las operaciones exentas de IVA?

Las operaciones exentas de IVA son aquellas que, aun estando dentro del ámbito del impuesto, no llevan IVA en la factura porque así lo establece la ley.
Es decir, el servicio o la actividad existe a efectos fiscales, pero no se repercute el impuesto al cliente.

Esto no debe confundirse con las operaciones no sujetas a IVA, que directamente quedan fuera del impuesto. La diferencia es importante, sobre todo a la hora de declarar y deducir gastos.

Actividades que suelen estar exentas de IVA

La normativa contempla varios supuestos de operaciones exentas de IVA, especialmente en determinados sectores. Es habitual encontrar esta exención en servicios sanitarios prestados por profesionales titulados, en algunas actividades educativas regladas y en servicios financieros o de seguros.

Las principales actividades exentas de IVA en España son:

  • Servicios sanitarios: Asistencia a personas físicas por profesionales titulados (médicos, psicólogos clínicos, odontólogos, etc.).
  • Educación y formación: Clases dictadas por centros públicos o privados autorizados, siempre que el contenido esté incluido en planes de estudios oficiales.
  • Servicios financieros y de seguros: Operaciones de ahorro, préstamos, depósitos y la mediación de seguros.
  • Alquiler de viviendas: El arrendamiento de inmuebles destinados exclusivamente a vivienda de uso particular (no aplicable a locales u oficinas).
  • Servicios culturales y deportivos: Ciertas actividades prestadas por organismos de derecho público o entidades sociales sin ánimo de lucro.

Es fundamental matizar que la exención depende de que se cumplan requisitos muy específicos. Por ejemplo, en educación, las clases de cocina para aficionados podrían no estar exentas, mientras que el apoyo escolar reglado sí lo está.

¿Cómo se facturan las operaciones exentas de IVA?

Cuando realizas una actividad exenta de IVA, la factura debe emitirse sin incluir el impuesto, pero esto no significa que sea una factura simplificada o sin requisitos. Según el artículo 6.1.j del Reglamento de Facturación, es obligatorio incluir en la factura una referencia expresa a la normativa que justifica que no estás cobrando el impuesto.

Emitir una factura sin IVA y sin indicar la causa legal puede ser motivo de sanción en una inspección de Hacienda. Por ello, debes incluir una mención clara según el caso, por ejemplo:

Para servicios de formación: «Operación exenta conforme al Art. 20.Uno.9º de la Ley 37/1992 del IVA».

Para servicios sanitarios: «Operación exenta conforme al Art. 20.Uno.3º de la Ley 37/1992 del IVA».

Recuerda que, aunque no lleven IVA, estas facturas deben seguir la numeración correlativa de tu serie habitual y ser conservadas durante el plazo legal de prescripción.

¿Cómo afectan las operaciones exentas de IVA a tus impuestos?

Uno de los aspectos más importantes es que las operaciones exentas de IVA suelen limitar la deducción del IVA soportado. En muchos casos, no podrás deducirte el IVA de los gastos relacionados con esa actividad.

Si realizas tanto operaciones exentas como no exentas, puede aplicarse la regla de la prorrata, reduciendo el porcentaje de IVA deducible. Por eso es clave analizar bien la estructura de tu actividad.

Errores frecuentes con las operaciones exentas de IVA

Uno de los errores más habituales es confundir las operaciones exentas de IVA con las operaciones no sujetas. Aunque puedan parecer similares, su tratamiento fiscal es distinto y una mala clasificación puede provocar errores en las declaraciones.

También es frecuente aplicar la exención de forma automática por el tipo de actividad, sin comprobar si se cumplen todos los requisitos legales. En muchos casos, la exención depende de factores como quién presta el servicio, a quién va dirigido o cuál es su finalidad concreta.

La facturación incorrecta es otro fallo común. Emitir facturas sin IVA sin indicar correctamente la causa legal de la exención o sin cumplir los requisitos formales puede generar problemas en una revisión por parte de Hacienda.

Por último, destacar la deducción indebida del IVA soportado. Cuando se realizan actividades exentas, no todo el IVA de los gastos es deducible y deducirlo sin aplicar correctamente la normativa puede acabar en regularizaciones, recargos e intereses.

Para ampliar información sobre otros aspectos fiscales relacionados, puede resultarte útil consultar contenidos como REBU: qué es el Régimen Especial de Bienes Usados y cómo funciona, donde se trata un régimen especial de IVA; la guía sobre la solicitud de aplazamiento a la AEAT, con los pasos para pedir un aplazamiento de impuestos a Hacienda sin errores; y el artículo sobre IRPF para autónomos, en el que se explica qué es, cómo se calcula y cuándo se paga este impuesto.

Si tu actividad realiza operaciones exentas de IVA y quieres asegurarte de que su aplicación es correcta, contar con asesoramiento fiscal especializado puede marcar la diferencia tanto en la gestión diaria como en tus declaraciones fiscales periódicas, especialmente las relacionadas con el IVA y el IRPF. Puedes contactar con nosotros haciendo clic aquí.

Preguntas frecuentes sobre las operaciones exentas de IVA

¿Puedo aplicar una exención de IVA si presto servicios online?

Sí, el hecho de que el servicio sea online no impide la exención. Lo determinante es la naturaleza del servicio y quién lo presta, no el canal. Por ejemplo, un servicio educativo o sanitario puede seguir estando exento aunque se realice por videollamada.

¿Una actividad exenta de IVA puede dejar de estarlo con el tiempo?

Sí. Un cambio en la forma de prestar el servicio, en el tipo de cliente o en la normativa puede hacer que una actividad deje de estar entre las exentas de IVA. Por eso es importante revisar periódicamente si la exención sigue siendo aplicable.

¿Qué ocurre si facturo sin IVA y Hacienda considera que no estaba exento?

En ese caso, Hacienda puede exigir el IVA no repercutido, además de intereses y posibles sanciones. El problema es que el IVA tendría que salir del propio bolsillo del profesional si no se ha cobrado al cliente.

¿Las operaciones exentas afectan al modelo 303 y al 390?

Sí, de forma determinante. Aunque no repercutas IVA, estas operaciones deben reflejarse en las casillas de información del Modelo 303 (normalmente en el apartado de operaciones no sujetas o exentas sin derecho a deducción).

Sin embargo, donde cobran mayor importancia es en el Modelo 390 (resumen anual). Hacienda utiliza este modelo para:

  • Cruzar datos: Verifica que el volumen total de operaciones exentas coincide con lo declarado durante el año.
  • Cálculo de la Prorrata: Es el modelo donde se calcula la prorrata definitiva. Si has deducido más IVA del que te correspondía por tus actividades exentas, tendrás que regularizarlo en este momento.

No declarar estas operaciones correctamente puede generar incoherencias que deriven en requerimientos automáticos de la AEAT.

¿Es obligatorio indicar el motivo de la exención en la factura?

Sí, es obligatorio por ley. El Reglamento de Facturación exige que se mencione el precepto legal o la Directiva comunitaria que justifica la exención. No hacerlo puede invalidar la factura ante una inspección.

¿Puedo combinar actividades exentas y no exentas en el mismo negocio?

Sí, es bastante habitual. En estos casos, la gestión del IVA se complica, ya que puede aplicarse la regla de la prorrata. Esto afecta directamente al IVA deducible, por lo que conviene llevar un control fiscal muy preciso.

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