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REBU: qué es el Régimen Especial de Bienes Usados y cómo funciona

El Régimen Especial de Bienes Usados (REBU) es una forma específica de aplicar el IVA en actividades que compran y venden productos de segunda mano, obras de arte, antigüedades y piezas de colección. Su finalidad es evitar que se pague IVA dos veces por el mismo bien y ajustar el impuesto únicamente al beneficio real que obtiene quien revende el producto.

Para autónomos y pequeñas empresas que trabajan con productos usados, conocer este régimen es fundamental para facturar correctamente, evitar sanciones y mejorar la rentabilidad del negocio.

¿Qué es el REBU?

El REBU pertenece a los regímenes especiales del IVA. Su particularidad es que el impuesto no se aplica sobre el precio total de venta, sino sólo sobre la diferencia entre lo que se pagó por el bien y lo que se ingresa al venderlo.

En otras palabras: Se tributa por el margen de beneficio, no por el valor completo del producto.

Esto es especialmente útil en sectores donde los bienes ya pagaron impuestos cuando eran nuevos.

Este régimen suele aplicarse en actividades como:

  • Compra-venta de artículos usados.
  • Galerías y marchantes de arte.
  • Anticuarios y subastas.
  • Empresas o autónomos que compran bienes directamente a particulares.
  • Negocios de tecnología reacondicionada.

Si quieres conocer otros impuestos que afectan a los autónomos y cómo gestionarlos correctamente, puedes leer nuestro artículo sobre Autónomos: Impuestos en España que debes tener en cuenta.

Operaciones que pueden acogerse al REBU

Para beneficiarse de este régimen, los bienes deben entrar en una de estas categorías:

  • Bienes usados

Objetos que ya tuvieron un propietario y pueden reutilizarse sin una transformación significativa.
Ejemplos: tecnología reacondicionada, instrumentos musicales, mobiliario, electrodomésticos, cámaras, vehículos, etc.

  • Objetos de arte

Cuando sean adquiridos a:

  1. Un particular.
  2. Un empresario o profesional que no tenga derecho a deducir el IVA soportado por la obra.
  3. Otro revendedor en REBU.
  4. El propio autor (o sus herederos) o un empresario no revendedor (por ejemplo, una empresa que vende una obra de arte de su patrimonio que no es su actividad principal) siempre y cuando la entrega esté exenta o sujeta a REBU.

Si se adquiere la obra de arte directamente al artista y este está sujeto al régimen general, se aplicaría el tipo reducido del 10% (sin REBU), pero si el artista es un particular que vende una obra suya, sí que sería REBU. 

  • Antigüedades y objetos de colección

Artículos singulares con más de 100 años o de valor histórico, cultural o numismático.
Por ejemplo: monedas antiguas, sellos, colecciones, libros raros o reliquias.

Cómo se calcula el IVA en el REBU

En el REBU, el IVA no se calcula sobre el precio total del producto, sino solo sobre el beneficio que obtienes al venderlo. Ese beneficio se llama margen.

Margen = lo que cobras por el producto – lo que pagaste por él

Como en este régimen el IVA ya está incluido en el precio final, se usa una fórmula para saber qué parte del margen corresponde al IVA.

Fórmula:

Cuota de IVA = Margen × Tipo de IVA / (100 + Tipo de IVA)

Con esto obtienes la cantidad de IVA que debes ingresar a Hacienda.

Puntos clave para recordarlo:

  • El IVA no se añade aparte: ya forma parte del precio.
  • En la factura no se muestra el IVA por separado.
  • El cliente paga un precio cerrado.
  • Tú solo pagas impuestos por el beneficio real que obtienes.

Este sistema facilita mucho la facturación y evita pagar IVA de más en bienes usados.

Ejemplo práctico del cálculo del IVA en el REBU:

Imagina que tienes una tienda de segunda mano y compras un móvil usado por 50 €.

Más tarde lo vendes por 80 €.

1️⃣ Calculamos el margen (tu beneficio):
80 € (precio de venta) – 50 € (precio de compra) = 30 €

Ese margen de 30 € ya incluye el IVA.

2️⃣ Aplicamos la fórmula del REBU (IVA del 21 %):

Cuota de IVA = 30 × 21 / 121 = 5,20 € (aprox.)

¿Qué significa esto?

  • Del margen de 30 €,
    5,20 € son IVA → lo tienes que ingresar a Hacienda.
  • Los 24,80 € restantes son tu beneficio real.

3️⃣ El cliente paga un precio final de 80 €, sin IVA desglosado.

Cuándo no es posible aplicar el REBU

No se aplica el REBU en estos casos:

  • El bien se compró con IVA deducible.
  • El producto es nuevo.
  • El negocio ha fabricado los bienes que vende.
  • El proveedor es un profesional que te factura IVA deducible sin usar REBU.
  • La compra no está debidamente documentada.

En estas situaciones, debe aplicarse el régimen general del IVA.

Obligaciones de facturación y contabilidad

Facturación

La factura debe cumplir requisitos específicos:

  • No se desglosa IVA.
  • Lleva la indicación obligatoria:“Régimen especial de bienes usados – margen de beneficio”.
  • El empresario debe guardar el justificante de adquisición del bien.
  • Las facturas deben emitirse siempre por cada venta acogida al REBU.

Contabilidad

Este régimen obliga a un registro contable más detallado:

  • Libro registro específico de bienes usados.
  • Anotar individualmente cada compra y venta.
  • Registrar el margen de beneficio de cada operación.
  • Separar claramente las operaciones REBU de las operaciones en régimen general.

Una mala gestión de estos libros puede derivar en sanciones o regularizaciones por parte de la AEAT.

Ventajas del REBU

El REBU aporta beneficios tanto fiscales como operativos:

  • Evita pagar IVA dos veces por el mismo producto.
  • Aumenta el margen real del vendedor.
  • Permite ofrecer precios más competitivos en el mercado de segunda mano.
  • Facilita la reventa gracias a una estructura fiscal más justa.
  • Es un régimen ideal para autónomos y micropymes.

Quién se beneficia más de este régimen

El REBU está especialmente pensado para negocios como:

  • Tiendas de segunda mano.
  • Re acondicionadores de tecnología.
  • Comercios de ocasión (instrumentos, muebles, decoración…).
  • Galerías y marchantes de arte.
  • Empresas o autónomos que compran a particulares.
  • Negocios con inventario variable y piezas únicas.

Si formas parte de alguno de estos sectores, este régimen puede ayudarte a optimizar tu fiscalidad.

Si quieres simplificar la gestión fiscal de tu actividad, contar con un asesor especializado y aplicar correctamente el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU), puedes contactar con nosotros haciendo clic aquí.

Preguntas frecuentes sobre el REBU

¿Es obligatorio aplicar el REBU si vendo bienes usados?

No, es voluntario, aunque suele ser la opción más beneficiosa cuando los bienes se adquieren sin IVA deducible.

¿Puedo desglosar el IVA en la factura?

No, en el REBU el IVA ya va incluido en el precio final.

¿Es necesario comunicar a Hacienda que voy a aplicar este régimen?

No se requiere comunicación previa, pero sí llevar los libros obligatorios y cumplir la normativa.

¿Puedo combinar REBU y régimen general en mi actividad?

Sí, siempre que cada operación se documente correctamente y no se mezclen regímenes en una misma venta.

¿Si compro a particulares puedo aplicar REBU?

En la mayoría de casos, sí. Precisamente este régimen está pensado para esas operaciones.

¿Es un régimen adecuado para autónomos?

Sí, muchos profesionales individuales lo utilizan porque reduce la carga fiscal y facilita la reventa.

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